Proceso legal

 

Cuando salí de la cárcel, todas las personas relacionadas con el caso (mi abogado de ese entonces, la policía) me dijeron que el proceso tardaría “de tres a seis meses”; desde principios de 2018 eso se convirtió en “un máximo de tres meses”; sólo cuando se cerraron las cortes por la pandemia a finales de marzo de 2020 se hizo oficial que podría tomar más, de acuerdo con la situación sanitaria.

De repente, el 4 de agosto se confirmó que el 6 de agosto empezarían los argumentos frente al nuevo juez. Éste es el único que ha tomado en cuenta los lineamientos de la Corte Estatal en cuanto a resolver el caso con gran premura (presentes desde 2015), y emitirá el veredicto el 11 de septiembre. Más de ocho años esperando, sin fecha tentativa real, y repentinamente me entero de que el juicio terminará en dos o tres semanas (que finalmente se volvieron cinco, pero yo supe la fecha de emisión del veredicto sólo hasta el 27 de agosto). En dos semanas tuve que organizar toda mi vida, pues si llegara a recibir una sentencia sería trasladado directamente de la corte a la cárcel.

 

Antes del juicio

La policía tardó diez meses en entregar la investigación ante la corte, y a mí se me dio el expediente más de once meses después de mi arresto. Entonces me di cuenta de dos situaciones graves: una es que prácticamente toda la evidencia en mi contra es falsa (además de ser toda muy poco contundente, lo cual ya esperaba). La otra es la siguiente:

A raíz de declaraciones de la madre de Cécile ante la prensa mexicana (Reforma, septiembre 30, 2012), supe que la Embajada de México en India le había entregado documentos relacionados con mi caso. Los pedí a través de la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior y la embajada me los hizo llegar. Inmediatamente noté que la fotografía de Cécile utilizada para hacer la superimposición craneal estaba totalmente deformada, al punto que yo en un principio creí que se trataba de otra persona. Lo curioso es que coincidía perfectamente con el cráneo que la policía decía haber recuperado del cadáver encontrado, y en el reporte de la superimposición craneal hay varias características que la foto deformada aparenta tener, pero que no corresponden con las de Cécile. Me llamó mucho la atención que la madre de Cécile, en posesión del mismo documento, según afirma en el artículo en cuestión, no dijera nada sobre esa discrepancia, que es enorme (tal vez no había revisado los documentos).

Mencioné el hecho a quien entonces era mi abogado. Poco después y por diversas razones, decidí cambiar de abogado. Cuando finalmente se me entregó el expediente (es decir, fotocopias del mismo), curiosamente la imagen de la fotografía utilizada para la superimposición craneal era absolutamente negra: realmente es imposible distinguir absolutamente nada en ella; es sólo un rectángulo negro. Solicité una fotocopia clara de esa página; la corte se tardó más de un año en entregarla y, cuando finalmente lo hizo, la nueva imagen era tan oscura como la anterior. Si bien el hecho de que la primera imagen oficial fuera extremadamente oscura es peculiar, que el remplazo, pedido expresamente por esa razón, fuera igual de oscuro es definitivamente sospechoso, considerando que la imagen original en el expediente no es muy oscura.

Una vez que se me entregó el expediente, mi caso se transfirió de la Corte Municipal a la Corte Distrital, pues la primera no tiene jurisdicción para juzgarlo, debido a su gravedad. Sin embargo, del juzgado al que llegó fue transferido al Juzgado Especial para Crímenes contra Mujeres, en la misma corte. Pero dicho juzgado estaba vacante, así que me presentaba en otro juzgado. Finalmente, el juez de dicho juzgado, quien se ocupaba temporalmente de los casos del Juzgado Especial para Crímenes contra Mujeres, decidió empezar el juicio de mi caso. Habían pasado casi 27 meses desde mi arresto (que incluyen mi estancia en la cárcel, el tiempo que se tardó la policía en entregar el expediente y después la corte en dármelo a mí, el tiempo que tardó la corte en remplazar una imagen negra por otra igual).

Aquí puede verse la hoja de cargos. La reproduzco tal y como se me entregó. Como puede notarse, la numeración a veces no concuerda y faltan algunas páginas (por ejemplo, el recibo de una gasolinera que es parte  de la evidencia de la fiscalía, no aparece):

Hoja de cargos/Charge Sheet

 

Juicio

En India los jueces son transferidos constantemente entre distintos juzgados, generalmente en distritos diferentes. La razón principal para dicha medida es evitar la corrupción. Si bien tiene cierto éxito en ese aspecto, también presenta la desventaja de que con cada transferencia el juez debe estudiar todos los casos activos en su nuevo juzgado, lo que tiende a hacer más lentos los procesos.

El juez que inició mi caso (en julio de 2014) examinó a más de la mitad de los testigos en el transcurso de un mes, más o menos. Es probable que de haberse llevado a cabo todo el proceso con él, en efecto habría tardado alrededor de tres meses desde su inicio.

Sin embargo, en agosto fue asignado un titular al juzgado especial, quien siguió con el caso. Este segundo juez tardó más de un año en examinar a los testigos restantes, con excepción de los testigos extranjeros y el oficial acusador, quien siempre es el último. Además, la fiscalía presentó una petición para reexaminar a todos los testigos, sin exponer razón alguna, y el juez decidió que mejor volviera a empezar todo el proceso, para lo cual ni siquiera tiene jurisdicción. Apelamos la decisión ante la Corte Estatal, donde los jueces que la valoraron incluso hablaron de cacería de brujas.

Cacería de brujas/Witch Hunt

No puedo afirmar que dicho juez haya sido sobornado, pues no tengo ninguna prueba al respecto, pero sí asevero que su comportamiento fue extremadamente parcial en mi contra, además de mostrar tener muy poco conocimiento de la ley. Estuvo a cargo del caso de agosto de 2014 a febrero o marzo de 2016.

Ese juez se jubiló y el juzgado quedó vacante, a cargo de otro juez (titular de otro juzgado). La fiscalía presentó una petición para reexaminar a diez testigos, nuevamente sin exponer ninguna razón válida, que fue aprobada estando ausente la defensa; los testigos fueron convocados de inmediato, impidiendo así que la defensa pudiera apelar. Los testigos fueron reexaminados por la fiscalía pero sólo parcialmente por la defensa. El comportamiento de ese juez es también extremadamente parcial en mi contra, lo cual resulta sospechoso, aunque no tengo ninguna prueba para afirmar que haya sido sobornado. Dicho juez se ocupó del caso de febrero o marzo de 2016 hasta agosto o septiembre del mismo año.

Entonces se asignó nuevamente una juez al juzgado especial donde está mi caso. Se terminaron de reexaminar los testigos por parte de la defensa. Sólo faltaba examinar a los testigos extranjeros y al oficial investigador, pero entonces la fiscalía presentó una petición para añadir documentos al caso: más de 200 páginas, totalmente desorganizadas, sin aval de validez y sin relación con el caso. La juez las rechazó; la fiscalía presentó una nueva versión, más organizada, pero también fue rechazada por no tener relación con el caso. Entonces la fiscalía dijo que había apelado ante la Corte Estatal, pero curiosamente el asunto tardó más de seis meses en ser atendido. ¿Por qué razón? Cuando la defensa ha apelado ante la Corte Estatal, el asunto ha sido resuelto en un máximo de tres semanas.

Finalmente en la Corte Estatal se resolvió que un documento (el acuerdo legal entre Cécile y yo, que la defensa también estaba interesada en mostrar) sería aceptado y los demás no, indicando a la fiscalía que debía hacer otra petición (ante el juzgado donde se procesa mi caso, en la Corte Distrital) específica para ese documento. Entonces la fiscalía apeló ante la Suprema Corte y su apelación fue rechazada, pero eso tomó otros dos meses.

Ante tal situación, la fiscalía presentó una petición para añadir al caso no sólo el documento que había sido aceptado, sino otro adicional que es una acusación de Cécile hacia mí por violencia doméstica (la que hizo cuando le advertí que, si seguía golpeando a nuestra hija, la denunciaría). Aceptamos ambos documentos por temor a que, si no lo hacíamos, dirían haber apelado ante la Corte Estatal y eso tomaría otros seis meses o más, y después seguirían con la Suprema Corte. Mi situación económica durante este tiempo ha sido mala, y cada vez peor conforme pasa el tiempo, pues no tengo trabajo ni posibilidad de conseguirlo; ante la Suprema Corte (que está en Delhi, la capital del país) debo pagar otro abogado… Por eso decidimos aceptar esa segunda petición, aún incluyendo un documento que no me favorece (aunque no está relacionado con el caso, así que es menor).

El juicio parecía acercarse a su fin, pero resultó que el dinero que la corte había entregado más de un año antes a la policía para los boletos de los testigos mexicanos (madre y hermano de Cécile), no había sido entregado por ésta a la fiscalía, de manera que dichos testigos no podían ser convocados. Se insistió en que se apresurara dicho trámite administrativo, pero tomó varios meses más.

El desempeño de dicha juez fue completamente apegado a la ley, con la excepción de respetar el lineamiento de la Corte Estatal de que el juicio debía terminar en un máximo de seis meses. Como estaba cercana a jubilarse y tenía muchos días de licencia que había acumulado a lo largo de su carrera, se ausentaba con frecuencia, a veces por periodos prolongados. Estuvo a cargo del caso de septiembre de 2016 a marzo o abril de 2018.

Tras jubilarse dicha juez, el juzgado quedó vacante nuevamente. Mi caso quedó a cargo de otra juez, quien se ocupó de él durante unos cuatro o cinco meses, mientras esperábamos a que la policía entregara a la fiscalía el dinero para el pasaje de los testigos mexicanos, y después fue transferida. Mi caso quedó a cargo de otra juez, con quien tuve una sola audiencia, pues también fue transferida.

El Juzgado Especial para Crímenes contra Mujeres seguía vacante. Otro juez quedó a cargo de los casos de dicho juzgado. Ante dicho juez fueron examinados la madre de Cécile Denise Acosta Reynaud (a último momento la fiscalía decidió no examinar a su hermano) y el inspector de policía que me acusa formalmente. Ese juez conocía la ley y era celoso de su carrera, pero trató de perjudicarme tanto como pudo dentro de ese marco:

Me amenazó con retirar mi fianza por haber grabado mi propio juicio, lo cual no está prohibido y es mi derecho. No lo hizo, por cuidar su carrera, pero añadió un documento en el expediente afirmando que yo había tratado de influir a los testigos (supuestamente por haberlos grabado). En realidad, él pretendía modificar sus testimonios, como en efecto lo hizo pero de una manera muy sutil: la madre de Cécile afirmó en su comparecencia que el inspector que me acusa le había dicho que yo le había cortado la garganta a Cécile. Como eso no concuerda ni con la acusación ni con el examen forense, muestra que la policía mintió a la madre de Cécile para ponerla en mi contra (a menos que ella haya mentido descaradamente ante la corte en ese aspecto, como lo hizo respecto a varios otros). Entonces el juez, sabiendo que yo había grabado, sólo omitió “el inspector me dijo” y puso esa afirmación entre paréntesis: no es suficiente para acusarlo a él de haber alterado la deposición de la testigo, pero cambia por completo el cariz del enunciado, que en el testimonio queda como un paréntesis un poco raro y nada más.

Tras examinar al oficial acusador, el juez aplazó casi dos meses mi cuestionamiento, que es el paso siguiente en el proceso, hasta que fue transferido. Daría la impresión de haber querido evitar juzgarme, pues no podía declararme culpable sin dañar su carrera. No puedo afirmar que haya habido soborno, pero su comportamiento es por demás sospechoso: muy parcial en mi contra y después extendiendo el proceso hasta ser transferido, para evitar ser él quien me juzgue. Ese juez estuvo a cargo del caso desde septiembre u octubre de 2018 hasta fines de abril de 2019.

En mayo de 2019 fue finalmente asignada una juez al Juzgado Especial para Crímenes contra Mujeres. Ella llevó a cabo mi cuestionamiento de inmediato. Sin embargo, estaba tan distraída durante éste que se saltó una pregunta, con lo que mis respuestas quedaron desfasadas en más de la mitad del cuestionamiento, sin que ella se diera cuenta (quienes me leyeron las preguntas eran otros empleados de la corte). Sólo cuando se me dio el documento para que lo firmara, al revisarlo corroboré que era así (lo noté cuando sucedió, pero no estaba seguro). La juez fue notificada y lo corrigió.

La defensa convocó únicamente dos testigos: el director de la escuela donde estudiaba nuestra hija, para corroborar que el periodo de exámenes finales había tenido lugar del 4 al 18 de abril de 2012 y que nuestra hija había asistido a la escuela sin falta hasta el lunes 16 de abril, y el representante de Yahoo! India para que corroborara la existencia de los correos electrónicos donde Cécile y yo nos ponemos de acuerdo respecto a la organización durante el periodo vacacional de nuestra hija. Dichos correos están avalados por un notario en México, traducidos por una perito avalada por la Suprema Corte en México y apostillados, pero aún así la fiscalía no los aceptó, de manera que se requería el representante de Yahoo!.

Cuando finalmente se logró que Yahoo! India mandara a un representante, éste dijo no tener jurisdicción para avalar los correos porque mi cuenta estaba dada de alta en EUA. Pedimos entonces a Yahoo! en EUA que enviara un documento avalando los correos, pero a pesar de dos comunicaciones oficiales por parte de la Corte Distrital de Madurai, no se obtuvo respuesta en meses.

En febrero de 2020, la juez ordenó que se procediera a la argumentación. A finales de febrero, la fiscalía terminó su parte inicial y entregó una argumentación por escrito. La defensa tardó un poco debido a un acontecimiento desafortunado no relacionado con el caso, y justo el día en que empezaría la argumentación de la defensa, se cerraron las cortes (y prácticamente todo lo demás) debido a la pandemia.

Tras poco más de cuatro meses, se reabrieron las cortes. La juez anterior había sido transferida y un nuevo juez fue asignado como titular del Juzgado Especial para Crímenes contra Mujeres. La fiscalía empezó su argumentación ante el nuevo juez el 6 de agosto; la terminó el 14 de agosto y entregó una segunda argumentación por escrito. El mismo día, la defensa empezó su argumentación, que terminó el 19 de agosto, cuando entregó la versión por escrito. La fiscalía respondió el 24 de agosto y entregó la respuesta por escrito el 27 de agosto. Ese mismo día, la defensa respondió, dando por terminada esa fase. El veredicto será emitido el 11 de septiembre.

Argumentación-fiscalía-1/First Prosecution Argument

Argumentación-fiscalía-2/Second Prosecution Argument

Argumentación-defensa/Defense Argument

Respuesta-fiscalía/Reply by the Prosecution


Fui declarado culpable de asesinato, a pesar de que en el mismo veredicto se explica que la versión de la fiscalía no puede ser cierta, y sentenciado a cadena perpetua.

Veredicto/Judgement

Tras un año en la cárcel salí bajo fianza (suspensión de sentencia), mientras se decide mi apelación.

Suspensión de sentencia/Suspension of Sentence

Sin embargo, después de una semana, cuando acudí a firmar a la corte como lo indica mi orden de fianza, la inspectora de policía de Austinpatti, donde se encuentra mi caso actualmente, dijo que quería hacerme unas preguntas y, en cuanto estuve solo con ella y su equipo, fui trasladado a la fuerza a un “campo especial”, que es una cárcel pero un poco menos restrictiva.

Después de más de tres años en el campo especial, se decidió mi apelación ante la High Court (la corte a nivel estatal). Los jueces toman en cuenta mucha de la evidencia que mi abogado mostró que era inadmisible, y que el juez de la corte distrital aceptó que no podía considerarse. Incluso utilizan un elemento que ni siquiera la policía admite: la comparación entre las marcas de llanta supuestamente encontradas cerca del cuerpo y las de mi coche no permite saber si coinciden o no, pero estos jueces deciden que sí.

Sin embargo, consideran que claramente no fue algo planeado, así que reducen mi sentencia a cuatro años.

Sumados al tiempo que he estado en el campo, son más de siete años. Además de los más de ocho en que no estuve en detención, pero sí sin poder salir de India, sin familia, amigos ni permiso para trabajar.

Realmente no entiendo cómo dos jueces de una corte a nivel estatal pueden hacer algo así de manera tan impune.

Veredicto de la apelación/Appeal Judgement

En el siguiente documento comento algunos puntos del veredicto de apelación. Compárese con los argumentos y con el juicio de la corte distrital.

Appeal Judgment Points